La Ley CARES: lo que deben saber los patrocinadores de planes de jubilación calificados

COVID-19 Noticias y Actualizaciones | Stephanie A. Gigliotti | Apr 06, 2020

La Ley CARES (Coronavirus Aid, Relief, and Economic Security) recientemente aprobada brinda alivio financiero a individuos y empresas. Este paquete de estímulo también contiene varios cambios importantes que afectan los planes de jubilación calificados.

La Ley CARES tiene una serie de disposiciones destinadas a brindar alivio a los participantes del plan afectados por COVID-19. En Prager Metis queremos alertar a nuestros clientes, patrocinadores de planes y fiduciarios sobre algunos de los cambios. Los patrocinadores del plan deben consultar con sus Administradores del plan de terceros, encargados de registros o asesores de ERISA sobre cualquiera de las disposiciones que requieran enmiendas a los documentos del plan actual.

Estas son las disposiciones y consideraciones clave para su plan de jubilación calificado:

Distribuciones relacionadas con el coronavirus

La Ley CARES permite a los participantes en planes de jubilación elegibles tomar "distribuciones relacionadas con el coronavirus" en 2020 de hasta $100,000 de los beneficios de su plan de jubilación hasta el 31 de diciembre de 2020. Las distribuciones realizadas bajo este alivio están exentas de la multa del 10 % por retiros anticipados.

Una “distribución relacionada con el coronavirus” solo se puede hacer a una “persona calificada”. Un individuo calificado es un participante que cumple con los siguientes criterios:

  • Ha sido diagnosticado con el virus o tiene un cónyuge o dependiente a quien se le ha diagnosticado el virus, o
  • Ha experimentado consecuencias financieras adversas como resultado de
    • despidos, licencias, horas de trabajo reducidas (incluidos los dueños de negocios) o estar en cuarentena.
    • no puede trabajar debido a la falta de cuidado de niños como resultado de la pandemia.

Una persona calificada que toma una distribución relacionada con el coronavirus puede reembolsar la distribución a un plan de jubilación elegible dentro de los tres años posteriores a la recepción de la distribución. Un contribuyente también puede optar por incluir la distribución en el ingreso proporcionalmente durante tres años fiscales a partir de 2020.

 Aumento Temporal de los Límites en Dólares de los Préstamos del Plan

A partir de la fecha de promulgación de la Ley CARES (27 de marzo de 2020) y durante los 180 días subsiguientes, la cantidad máxima que una persona calificada puede pedir prestada del saldo de su cuenta del plan se incrementará temporalmente a $100,000 o al 100 % del monto, lo que sea menor. saldo de la cuenta adquirida del participante. Las limitaciones de préstamos anteriores eran $50,000 o el 50% del saldo de la cuenta con derechos adquiridos, lo que fuera menor.

Además, la Ley CARES proporciona un aplazamiento de un año en los reembolsos de préstamos que vencen entre la fecha de la Ley y el 31 de diciembre de 2020. Esto incluye préstamos nuevos y existentes. El aplazamiento extenderá el plazo del préstamo y se acumularán intereses durante ese período.

Exención Temporal de Distribuciones Mínimas Requeridas

La Ley CARES permite que las personas de ciertos planes de jubilación de contribuciones definidas suspendan las distribuciones mínimas requeridas en 2020. Esta disposición no se aplica a los planes de beneficios definidos.

Alivio de fondos del plan de beneficios definidos para un solo empleador

La fecha límite para las contribuciones mínimas requeridas por un plan de beneficios definidos con vencimiento en 2020 se extendió hasta el 1 de enero de 2021. Los montos adeudados al plan al 1 de enero de 2021 se incrementarán por intereses. Además, el patrocinador de un plan puede optar por tratar el porcentaje de logro del objetivo de financiamiento ajustado (AFTAP) del plan para el último año del plan que finaliza antes del 1 de enero de 2020 como el AFTAP para los años del plan que incluyen el año calendario 2020.

Modificaciones del plan

La Ley permite que los planes adopten estas reglas de inmediato, sin embargo, se les da tiempo para las enmiendas formales. Los planes deberán modificarse para reflejar los cambios adoptados en virtud de la Ley antes del último día del año del plan que comience a partir del 1 de enero de 2022.

La pandemia de coronavirus ha creado desafíos e incertidumbre sin precedentes. Incluso durante este momento difícil, el cumplimiento y la gobernanza siguen siendo esenciales. Los patrocinadores del plan deben ser conscientes de cómo las disposiciones de la Ley CARES afectan las operaciones de su plan y el mantenimiento de registros y adaptarse según sea necesario. Nuestro Equipo del Plan de Beneficios para Empleados está aquí para ayudar. Brindamos una variedad de servicios de cumplimiento para planes de jubilación calificados.

2020-04-13T17:26:13-04:00