Renunciar a la ciudadanía estadounidense puede mitigar las obligaciones impositivas sobre sucesiones y donaciones de una persona, pero un “expatriado cubierto”* debe planificar con cuidado al deshacerse de los activos. La Sección 2801 del Código de Rentas Internas impone un impuesto a los ciudadanos o residentes de EE. UU. que reciben ciertos obsequios o legados de los Expatriados Cubiertos (CE). Incluso si la propiedad no es una propiedad ubicada en los EE. UU., toda ella está sujeta al régimen fiscal 2801.
Dicho esto, la Sección 2801 ofrece oportunidades de planificación.
Regalos de por vida
Regalos de exclusión anual – Los CE pueden otorgar un número ilimitado de obsequios de USD 15,000 XNUMX en efectivo o bienes, completamente libres de impuestos.
Donaciones/legados de propiedad estadounidense – La Sección 2801 no se aplica a los obsequios “de otro modo sujetos a
Impuestos sobre sucesiones o donaciones en los Estados Unidos”.
Deducción marital y caritativa ilimitada
Regalos para cónyuge estadounidense – Los CE pueden transferir cantidades ilimitadas de propiedad a un cónyuge libre de impuestos.
Fideicomisos Nacionales y Extranjeros
Un regalo de confianza nacional – Esto se trata como si fuera una persona estadounidense
y paga impuestos a la tasa impositiva marginal más alta aplicable.
Transferencias a Fideicomisos Extranjeros – Estos deben ser analizados cuidadosamente.
Uso de fideicomisos extranjeros para diferir impuestos – Los CE pueden lograr el aplazamiento de impuestos y ahorros en el impuesto sobre la renta.
Distribuciones de fideicomisos extranjeros – Cuando sea atribuible a donación o legado de CE, la
Se aplica el régimen tributario 2801.
Elección para ser tratado como un fideicomiso doméstico – Esto permite a los CE planificar si quieren pagar los impuestos ahora o en el futuro.
Fideicomisos de seguros de vida – Estos pueden cubrir las primas de seguros y proporcionar financiación para los impuestos.
y otra protección de la riqueza.
Regalos a personas no estadounidenses
Evitar los impuestos sobre sucesiones y donaciones – Simplemente obsequie activos que no sean de EE. UU. a personas que no sean de EE. UU.
Asignación de obsequios entre personas estadounidenses – Los impuestos por una porción de un patrimonio que está en los EE. UU. y se deja a los beneficiarios de los EE. UU., serían sufragados por las CE.
Transferencia de salto de generación (GST)
Puede evitar el impuesto GST adicional actualmente con una tasa máxima del 40%.
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